Derechos humanos de las niñas y los niños y la prohibición del matrimonio infantil en los tratados internacionales

José Julio Nares Hernández, Ricardo Colín García, Rod García Suárez

Resumen


En México, las niñas desde los 14 años y los niños desde los 16 pueden contraer matrimonio con el consentimiento de sus tutores. Al emanciparse, adquieren legalmente las obligaciones de una persona adulta y pierden los derechos humanos de los niños, lo cual, a esa edad, agudiza su estado de vulnerabilidad. Para evitar este problema, los tratados internacionales más progresistas en la materia han recomendado a los Estados parte legislar para prohibir el matrimonio infantil, estableciendo la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio. El objetivo de este artículo es analizar, con base en los principios constitucionales del interés superior del menor, en relación con los principios de progresividad, interpretación conforme y pro persona, la obligación del Estado de cumplir con los tratados que garantizan una protección más eficaz a los derechos humanos de los niños.

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DOI: http://dx.doi.org/10.32399/rtla.9.38.86

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